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Artículos publicados en el diario Avui, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979, traducidos al castellano.
Lluís Maria Xirinacs.
Artículos publicados en el rotativo Mundo Diario, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979.
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Publicaciones:
Lluís Maria Xirinacs.
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B. Hacia un sistema monetario racional.
Capítulo 5. Premisas para un instrumento monetario
racional.
- Objetivos de este capítulo.
- Los sistemas métricos documentarios.
- Las unidades de medida.
- Los procedimientos de medida.
- Los documentos de medida.
- Conclusiones.
1. Objetivos de este capítulo.
En este capítulo realizaremos una aproximación a lo que
serían las bases mínimas indispensables para que pueda darse
un sistema racional, partiendo de la idea de que éste es un sistema
métrico.
Estos principios podrán después aplicarse a la puesta
a punto de un nuevo instrumento monetario, capaz de clarificar las relaciones
monetarias y de aportar nuevo vigor al mercado.
2. Los sistemas métricos documentarios.
Como ya se ha visto en capítulos anteriores la característica
definitoria de los sistemas monetarios es la de constituir un sistema de
medida abstracto para la medición del valor de cambio de las mercancías
en un mercado dado.
De manera que podremos hablar de un sistema monetario racional siempre
que nos encontremos delante de un auténtico sistema métrico,
es decir, de un sistema que proporcione imágenes fieles, abstractadas
de la realidad.
Los elementos mínimos indispensables a un sistema métrico
eficaz son los tres siguientes:
-
Una unidad de medida rigurosamente definida, de naturaleza radicalmente
convencional-abstracta.
-
Un procedimiento de medida que permita, en la práctica, el
acto de medición: esto es, que permita asignar a cada fenómeno
concreto elemental observado un número determinado y preciso de
unidades monetarias.
-
Un documento de medida que deje constancia documentaria de cada
acto elemental de medición efectuado, al objeto de que toda persona
competente pueda repetir este acto, comprobar su exactitud y que al mismo
tiempo permita un posterior tratamiento estadístico-analítico
del conjunto total de mediciones efectuadas.
En el caso del sistema monetario, es preciso que se den conjuntamente los tres
elementos mencionados. A continuación los examinaremos, uno por uno, referidos
siempre a los sistemas monetarios.
3. Las unidades de medida.
Las unidades de medida que se han inventado para cuantificar las dimensiones
de un fenómeno cualquiera, son conceptos totalmente abstractos,
y su invención es totalmente arbitraria. La única condición
que han de cumplir es que la definición de la unidad sea muy precisa
y rigurosa.
La unidad de longitud, por ejemplo, es el metro. Antiguamente, era definido
como «la distancia de la diezmillonésima parte del cuadrante
del meridiano terrestre». Pero, actualmente, avanzando siempre hacia
una mayor precisión y abstracción de las unidades, se tiende
a definir el metro como «la longitud del trayecto recorrido en el
vacío por las ondas electromagnéticas planas durante 1/299.792.458
segundos».
En la ciencia del mercado, la dimensión o pervalencia que interesa
principalmente medir es el valor de cambio de las mercancías
concretas. La unidad para la medida de esta pervalencia es la unidad
monetaria que, debido a que cada Estado define la suya, recibe diferentes
nombres en cada uno de ellos. Recordemos que, antiguamente, cada país
también definía sus propias unidades de longitud, peso, volumen...
No obstante, las unidades monetarias son una clase de unidades de medida
muy especial, porque no permanecen estables. Efectivamente, el valor
de cambio de las mercancías concretas no es siempre el mismo, no
es idéntico en diferentes situaciones de tiempo y espacio. La distancia
entre Barcelona y Madrid es siempre la misma; pero el precio de un litro
de vino no es el mismo en Madrid que en Barcelona, ni el mismo hoy que
hace diez años, sino que varía en el tiempo y en el espacio,
en función de una serie muy compleja de causas que no es ahora el
momento de analizar.
Como la realidad que quiere medir es variable, la unidad monetaria es
también variable: no existe ninguna constante exterior invariable
en relación a la cual definir el valor de la unidad monetaria. De
modo que la definición de las unidades monetarias no es fija, ya
que varía correlativamente a las variaciones en el valor de cambio
de las mercancías concretas que mide.
Por eso mismo, la unidad monetaria no puede definirse en relación
a una única mercancía privilegiada, sino que, en un espacio
geopolítico dado, tiene que definirse en relación al conjunto
de todas las mercancías que circulan en cada período de tiempo
considerado.
4. Los procedimientos de medida.
Una vez definida con rigor y precisión una unidad de medida cualquiera,
hay que inventar la manera de poder realizar, en la práctica, las
mediciones de fenómenos concretos que interesen a cualquier persona.
Realizar una medición no es otra cosa que contar el número
de unidades abstractas que por convención se asigna a un fenómeno
concreto cualquiera, de acuerdo con la definición dada.
En el caso de las unidades de longitud, todo el mundo conoce los «metros»,
las «reglas», y tantos otros instrumentos y técnicas
de medición, que constituyen los procedimientos de medida.
En el caso de las unidades monetarias, el único procedimiento
imaginable para realizar la medición del valor de cambio de una
mercancía
concreta, es precisamente el mismo cambio, el libre contrato cambio-monetario
realizado entre dos agentes del mercado. Es la libertad del juego del mercado
que genera los precios y los salarios asignados a cada mercancía
concreta, en el mismo momento en que se realiza un acto de compra venta.
Precios y salarios son entidades mixtas, concretas-abstractas,
que genera cada acto de medición, cada intercomparación en
el mercado entre la mercancía concreta a medir y la unidad abstracta
medidora.
Y, paradójicamente, es el conjunto de precios y salarios fijados
en un espacio-tiempo dado el que puede, por una operación inversa
a la de esta fijación, definir el valor de la unidad monetaria -llamada
dinero- en este espacio-tiempo, ya que el valor de la unidad monetaria
no puede definirse sino como su capacidad de compra media en cada espacio-tiempo
dado.
5. Los documentos de medida.
La última condición indispensable a todo sistema métrico
eficaz y científico, es que todo acto de medida realizado esté
bien documentado y personalizado, tanto para poder verificar su validez,
como para poder utilizar los resultados elementales en la obtención
de estadísticas y analíticas del conjunto global o subconjunto
sectorial observado.
Así pues, cada acto de medida del valor de cambio de las mercancías
concretas -es decir, cada intercambio mercantil elemental- tiene que estar
también plenamente documentado.
Como ya se ha visto en el capítulo 2,
en un sistema monetario racional, esta documentación se realiza
automáticamente gracias a los instrumentos-documentos monetarios.
Estos son instrumentos en tanto que sirven para facilitar los intercambios;
pero también son documentos porque recogen y conservan cada acto
mercantil elemental efectuado a través de ellos.
Las condiciones mínimas que se pueden exigir a una documentación
exacta son dos: primero, que cada acto de medida genere su propio documento;
segundo, que este documento sea exhaustivo, eso es, que consigne todas
las circunstancias significativas que concurren en el acto de medida realizado.
Y es sobre todo por este lado que falla al sistema monetario actual:
porque está falto de documentación adecuada.
En los sistemas monetarios vigentes, los instrumentos-documentos están
constituidos, como ya sabemos, por piezas de moneda, e instrumentos escriturales.
Pero todos estos instrumentos son de naturaleza esencialmente anti-documentaria.
Más que documentar, se puede decir que esconden la realidad, debido
a las características que se enumeran a continuación.
-
Movilidad: no documentan una única transacción mercantil
elemental, sino que sirven en multitud de intercambios: circulan en el
mercado por un tiempo indefinido, cumpliendo su papel instrumental en una
cantidad desconocida de intercambios elementales. Debido a esta movilidad
permanente, es imposible fijar con precisión cada uno de los actos
elementales de intercambio efectuados.
-
Uniformidad: los instrumentos monetarios actuales, y especialmente
el papel moneda, en el cual se basan todos los otros, son idénticos
entre ellos. El papel moneda sólo varía en cuanto al número
de unidades monetarias que representa, pero no suministra ninguna indicación
respecto a los detalles particulares de cada intercambio elemental en que
interviene. No nos dice qué se ha intercambiado, ni cómo
ni cuándo... Esta uniformidad impide cualquier intento de
análisis preciso de la compleja y fluida realidad mercantil.
-
Anonimato: finalmente, la mayoría de los instrumentos monetarios
actuales son anónimos, es decir, no informan sobre quiénes
son los agentes de un intercambio mercantil o de un acto monetario cualquiera.
No permiten pues asignar responsabilidades a los agentes monetarios, especialmente
si se trata de papel moneda. Desde este punto de vista, el papel moneda
es, no únicamente antiestadístico y antianalítico,
sino también y sobre todo antisocial, porque permite realizar todo
tipo de actividades monetarias sin que quede rastro personalizador y responsabilizador
delante de la Justicia.
Si bien únicamente al papel moneda ya las piezas de moneda pueden
aplicarse con propiedad las tres características anteriores, no
hay que olvidar que los instrumentos bancarios escriturales son también
esencialmente anti-documentarios, a pesar de que pueda parecer lo contrario
a primera vista.
Efectivamente, una firma en un cheque, un nombre, un número de
cuenta corriente... son elementos, hoy día, personalizadores. Pero
la documentación que proporcionan es muy parcial, por diversos motivos:
-
En primer lugar, muchos cheques son «al portador», y entonces,
nada más personalizan a uno de los agentes del cambio monetario
efectuado.
-
En segundo lugar, la información que proporcionan suele ser considerada
como «secreto bancario» reservada a grupos y sectores privilegiados:
nunca se hace pública.
-
Finalmente, y dada la naturaleza subsidiaria de los instrumentos bancarios-escriturales,
éstos son siempre convertibles, a simple petición del propietario
de la cuenta corriente, en billetes de banco completamente anónimos,
quedando así perdido el rastro documentario personalizador.
Así pues, los instrumentos escriturales bancarios son potencialmente
documentarios; pero no podrán serlo plenamente mientras coexistan
y sean subsidiarios de un sistema de instrumentos monetarios anónimos
y anti documentarios. El sistema monetario, considerado en su conjunto,
no será un sistema plenamente documentario e informativo hasta que
un instrumento personalizador, cerrado en cada única transacción
elemental, y exhaustivamente documentador, no se convierta en el único
instrumento monetario legal y real.
6. Conclusiones.
Una de las conclusiones mínimas indispensables a cualquier sistema
métrico, la de disponer de documentos de medida elementalizados,
exhaustivos y personalizadores, no es cumplida por el sistema monetario
actual.
En consecuencia, éste no puede constituir un buen sistema métrico.
Necesitamos pues, reinventar un instrumento monetario capaz de constituir
la garantía eficaz de una medición exacta y plenamente documentada
del valor de cambio de todas y cada una de las mercancías intercambiadas
en un mercado dado.
Este nuevo instrumento no se diferenciará demasiado de los actuales
instrumentos escriturales-bancarios; pero llevará a la plenitud
los rasgos que en éstos únicamente son potenciales, y eliminará
sus imperfecciones métricas-documentarias.
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