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Nuevos apartados:

Los «Cien pasos de una vía de humanidad» de Lluís Maria Xirinacs.
Dolors Marin Tuyà.
Artículos publicados en la revista Penedès Econòmic.

Al servicio de este pueblo.
Lluís Maria Xirinacs.
Artículos publicados en el diario Avui, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979, traducidos al castellano.

Diario de un senador.
Lluís Maria Xirinacs.
Artículos publicados en el rotativo Mundo Diario, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979.

Publicaciones:

Mundo alternativo.
Lluís Maria Xirinacs.

Pequeña historia de la moneda.
Agustí Chalaux de Subirà, Brauli Tamarit Tamarit.

El capitalismo comunitario.
Agustí Chalaux de Subirà.

Un instrumento para construir la paz.
Agustí Chalaux de Subirà.

Leyendas semíticas sobre la banca.
Agustí Chalaux de Subirà.

Ensayo sobre Moneda, Mercado y Sociedad.
Magdalena Grau Figueras,
Agustí Chalaux de Subirà.

El poder del dinero.
Martí Olivella.

Introducción al Sistema General.
Magdalena Grau,
Agustí Chalaux.

Constitución, paquete de enmiendas.

Lluís Maria Xirinacs.


Constitución, paquete de enmiendas (lluis-maria-xirinacs-constitucion-paquete-de-enmiendas-es.pdf).
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Constitución, paquete de enmiendas. Portada.Lluís Maria Xirinacs fue escogido senador independiente por la demarcación de Barcelona en las elecciones españolas del 1977. En el proceso de elaboración de una nueva constitución para el Estado español, convirtió su despacho de parlamentario en la sede de un grupo de trabajo para vehicular la creación de un texto constitucional que reunió las diferentes propuestas que le llegaron, combinando sistemáticamente las reivindicaciones del pueblo catalán, con las de los pueblos del resto del estado, incluyendo el estudio de otros textos constitucionales.

Osorio. Dedo gigante.La constitución de la Confederación Española propuesta en el Senado por Lluís Maria Xirinacs fue rechazada en su conjunto. A continuación, Xirinacs la defendió tenazmente artículo por artículo, pero todas las enmiendas fueron rechazadas, a excepción de la corrección de una coma mal puesta en uno de ellos. En este libro, ilustrado en la portada por Cesc y en las páginas interiores con dibujos de Osorio, se muestra la propuesta de Xirinacs comparada, artículo por artículo, con la que provino del Congreso de Diputados.

Este documento fue redactado antes que Xirinacs conociera a Agustí Chalaux. Después, crearon el Centro de Estudios Joan Bardina, asociación que constituyó el equipo que elaboró el Sistema General. En palabras del mismo Xirinacs, si hubiese conocido antes a Chalaux, hubiese tenido ocasión de incorporar los elementos esenciales del Sistema General dentro de su proyecto de constitución.

Índice:

  • 1. LA PERSONA. La fuente individual del poder.
    • Garantías constitucionales. Artículo 48.
    • El Defensor del Pueblo. Artículo 49.
    • Suspensión de garantías. Artículo 50.
  • 1.1. TRABAJADORA.
    • Sindicación de militares y funcionarios. Artículo 26.
    • La propiedad. Artículo 31.
    • El trabajo. Artículo 32.
    • Los convenios. Artículo 33.
    • Seguridad en el trabajo. Artículo 36.
    • Seguridad social. Artículo 37.
    • Trabajadores en el extranjero. Artículo 38.
  • Osorio. ¡Psche... joven! ¿Sabe si ha salido ya mi sentencia?1.2. INDIVIDUAL.
    • Extranjero. Extradición. Asilo. Artículo 12.
    • Vida. Pena de muerte. Artículo 14.
    • Creencias. Artículo 15.
    • Libertad y detención. Artículo 16.
    • Expresión y comunicación. Artículo 19.
    • Manifestación. Artículo 20.
    • Petición a las Cortes con manifestación. Artículo 71.
    • Participación política. Artículo 23.
      • Iniciativa legislativa. Artículo 81.
      • Referéndum. Artículo 86.
      • Participación ciudadana en la Administración. Artículo 98.
      • Crítica a las resoluciones judiciales. Artículo 114.
      • Acción judicial popular. Jurados. Artículo 119.
      • Participación en las decisiones económicas. Artículo 123.
    • Tribunales. Prisión. Artículo 24.
    • Defensa del país. No-violencia. Artículo 28.
    • Petición. Artículo 27.
    • Sanidad. Artículo 39.
    • Ecología. Artículo 41.
    • Juventud. Artículo 44.
    • Disminuidos y marginados. Artículo 45.
    • Tercera edad. Artículo 46.
    • Lengua en la administración de justicia. Artículos 24 y 110.
  • 1.3. FAMILIAR.
    • Enseñanza. Artículo 25.
    • Relaciones sexuales y afectivas. Matrimonio. Artículo 30.
    • Familia. Artículo 35.
    • Vivienda. Artículo 43.
  • 2. LA COMUNIDAD. La fuente colectiva del Poder.
  • 2.1. COMPETENTE.
    • Todo el poder viene del Pueblo. Artículo 1.
    • Control de los medios de expresión. Artículo 19.
    • Control de la educación. Artículo 25.
    • Control tributario. Artículos 29, 127 y 150.
    • Control de la Seguridad Social. Artículo 37.
    • Control de la Sanidad. Artículo 39.
    • Control del Orden Público. Artículos 97, 141 y 143.
    • Competencies que se delegan en la Confederación. Artículo 143.
  • 2.2. SOBERANA.
    • Derecho a la autodeterminación. Artículo 2, título VIII bis.
    • Secesión o adhesión. Artículo 152 bis.
    • Procedimiento. Artículo 152 ter.
  • Osorio. Se ha concedido metro y medio más de cadena a los de arriba para que dejen de dar la lata.2.3. CONFEDERAL.
    • Naciones que intervienen. Preámbulo.
    • Lenguas oficiales. Artículo 3.
    • Banderas. Artículo 4.
    • Ciudadanía. Artículo 11.
    • Neutralidad. Artículo 8.
    • Organización territorial. Título VIII.
    • Estados confederados. Artículo 137.
    • Fondo de compensación. Artículo 152.
    • Presidente. Título II.
    • Cortes. Título III.
      • Congreso. Artículo 63.
      • Senado. Artículo 64.
      • Leyes orgánicas. Artículo 75.
      • Decretos ley. Artículo 80.
      • Iniciativa legislativa. Artículo 81.
      • Referéndum. Artículo 86.
    • Gobierno. Títol IV.
      • Cargos proporcionales a los Estados. Artículo 96.
      • Autorización de cada Estado afectado por el sitio. Artículo 109.
    • Tribunal. Título VI.
    • Proceso confederal. Disposición transitoria 1ª.
    • Preautonomías. Disposición transitoria 7ª.
    • Casos especials. Disposición transitoria 5ª.
    • Supresión de artículos que resultan superados:
      • Fueros. Disposición adicional.
      • Plebiscido histórico. Disposición transitoria 2ª.
      • Iniciativa especial. Disposición transitoria 3ª.
      • Navarra. Disposición transitoria 4ª.
      • Aprobación del Estatuto. Disposición transitoria 6ª.
  • 3. LA POLÍTICA. Los tres Poderes clásicos y su equilibrio.
    • Estado de Derecho. Artículo 1.
    • Capitalidad. Artículo 5.
    • República com forma de Estado. Artículo 1.
    • Bandera. Artículo 4.
    • Presidente. Títol II.
    • Nombramiento. Artículo 51.
    • Elección. Artículo 52.
    • Supresión: consorte. Artículo 53.
    • Substitución. Artículo 54.
    • Supresión: tutor. Artículo 55.
    • Juramento. Artículo 56.
    • Atribuciones. Artículo 57.
    • Compromisos internacionales. Artículo 58.
    • Refrendo. Artículo 59.
    • Remuneración. Artículo 60.
    • Consejo de Estado (supresión). Artículo 100.
      • Sustitución por Diputación del Congreso. Artículos 72, 79 y 82.
      • Tribunal Constitucional (supresión). Título IX.
      • Garantías. Artículo 48.
      • Inegibilidad a Cortes (supresión). Artículo 65.
      • Inviolabilidad (supresión). Artículo 66.
      • Instancia final (supresión). Artículo 117 bis.
    • Reforma constitucional:
      • Iniciativa. Artículo 160.
      • Referéndum. Artículo 161.
    • Disolución Cámaras después de la Constitución. Disposición transitoria VIII.
  • Osorio. Poder ja ja ja.3.1. LEGISLATIVA.
    • Cortes generales. Artículo 61.
    • Miembros. Artículo 62.
    • Congreso. Artículo 63.
    • Senado. Artículo 64.
    • Causas en contra. Artículo 66.
    • Investigación. Artículo 70.
    • Leyes orgánicas. Artículo 75.
    • Iniciativa legislativa. Artículo 81.
    • Debates en el Senado. Urgencia. Artículo 84.
    • Promulgación. Artículo 85.
    • Referéndum. Artículo 86.
    • Tratados internacionales. Artículo 88.
    • Su inconstitucionalidad. Artículo 89.
    • Disolución de las Cámaras. Artículo 108.
    • Alarma. Excepción. Sitio. Artículo 109.
  • 3.2. JUDICIAL.
    • Poder judicial. Título VI.
    • Incompatibilidades. Artículo 65.
    • Finalidad. Miembros. Artículo 110.
    • No tribunales de honor o de excepción. Artículo 111.
    • Gratuidad. Artículo 113.
    • Condiciones. Principios. Artículo 114.
    • Nombramiento. Artículo 116.
    • Competencias. Artículo 117.
    • Instancia final. Artículo 117 bis.
    • Fiscal general. Artículo 118.
    • Jurado. Artículo 119.
    • Policía judicial. Artículo 120.
    • Elegible para presidente. Artículo 121.
  • 3.3. EXECUTIVA.
    • Poder Executivo. Artículo 91.
    • Renovación democrática. Artículo 93.
    • Responsabilidades. Artículo 95.
    • La administración. Artículo 96.
    • Los militares. El Orden Público. Artículo 97.
    • Participación ciudadana. Artículo 98.
    • Control judicial. Indemnizaciones. Artículo 99.
    • Dimisión. Artículo 107.
  • Osorio. Mendigo.4. LA ECONOMIA. El nuevo Poder económico y su control.
  • 4.1. ESTATAL.
    • Expropiación económica. Artículo 122.
    • Límite del desarrollo. Artículo 124.
    • Obligación planificadora. Artículo 125.
    • Bienes públicos. Artículo 126.
    • Presupuestos. Artículo 128.
    • Deuda pública. Artículo 129.
    • Tribunal de cuentas. Artículo 130.
  • 4.2. EMPRESARIAL.
    • Propiedad. Artículo 31.
    • Empresa. Artículo 34.
    • Transición al modelo económico socialista. Disposición transitoria VIII ter.
  • 4.3. AUTOGESTIONADA.
    • Sindicación. Artículo 26.
    • Trabajo. Artículo 32.
    • Seguridad en el trabajo. Artículo 36.
    • Participación popular en la economía. Artículo 123.

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